viernes, 2 de julio de 2010

1 DE JULIO ELIMINACION EXENCION I.D.E. POR DEPOSITOS EN CUENTAS DE CREDITOS BANCARIOS

Eliminación de la exención por depósitos en cuentas abiertas por créditos bancarios

A partir del 1º de Julio 2010 las personas morales y físicas con actividades empresariales
ya no tendrán la exención en la retención del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)
por los depósitos en cuentas abiertas para pago de créditos bancarios.

Esto fue una reforma aprobada por el congreso para este ejercicio mismo que fue diferida
su implementación para esta fecha

Con esto se ha eliminado el beneficio que se tenía por las cuentas de créditos revolventes que
se han estado operando en algunos bancos por los contribuyentes para disminuir el efecto del IDE en las empresas.

Las personas físicas que tengan al 31 de Diciembre de 2009 cuentas abiertas por pasivos bancarios deberán proporcionar su RFC a los bancos para que estos comprueben ante el SAT que no son contribuyentes del régimen de actividad empresarial para efectos de que conserven el beneficio la exención que señala el artículo segundo, fracción VI de la Ley del I.D.E.

Es muy importante tomar en cuenta ese cambio fiscal debido a que las empresas que han estado
haciendo sus depositos en efectivo en cuentas de créditos bancarios para ahorrarse la retención
del I.D.E. a partir de este mes de Julio deberán programar la salida de su flujo del impuesto causado mismo que como sabemos es recuperable via pago de impuestos o solicitando su devolución desaldo a favor si asi correspondiera

Recordemos que la tasa del I.D.E. en 2010 es del 3% y la exención mensual es de solo $15,000
por banco

Cualquier comentario o mayor información quedamos a sus ordenes

No hay comentarios:

Publicar un comentario